Edición 343 - 07/05/2007

 

Opinión

YPFB vuelve a perforar
 

Por: Francesco Zaratti

La última andanada de decretos supremos en torno a YPFB tiene el claro objetivo de que la empresa petrolera estatal retome el control de las operaciones del downstream (para eso la recompra de las refinerías) y del upstream (para eso el Reglamento de las Áreas Reservadas).  Sin embargo, me parece que, antes de volver a operar siquiera un campo petrolero, YPFB ya ha empezado a perforar exitosamente.

En primer lugar, con el decreto  que aprueba la recompra de las refinerías, YPFB ha perforado una ley vigente (la llamada Ley Financial) que establece un techo a las remuneraciones salariales de los funcionarios públicos, sin excepción. El techo es el salario del Presidente que asciende a Bs. 15,000. Ahora bien, sea porque Petrobrás lo impuso en las negociaciones, sea porque el gobierno ha entendido que para retener personal altamente calificado debe otorgar salarios competitivos con la empresa privada, el hecho es que se ha mantenido la escala salarial de Petrobrás en las refinerías recientemente re-compradas. Es un claro boquete en la política de austeridad salarial cuya extensión difícilmente podrá evitarse. Con todo derecho saldrán otros profesionales, de empresas autárquicas y de instituciones autónomas, incluyendo al propio gabinete ministerial, a reclamar el mismo trato concedido a YPFB. Se trata, bajo todo punto de vista, de una perforación positiva, siempre y cuando las nuevas escalas se mantengan en un nivel racional.

Otra perforación de gran importancia surge del DS 29130 que, después de asignar Áreas Reservadas para YPFB, autoriza a nuestra empresa estatal a conformar sociedades de economía mixta (SAM) bajo diferentes modalidades. De ese modo se empieza perforando la Ley del Medio Ambiente, en el momento en que se asignan a YPFB Áreas de exploración y explotación en territorios protegidos (Áreas Protegidas) de acuerdo a la mencionada ley. Una vez más se demuestra el elevado grado de “dureza” que tienen los decretos, capaces de perforar leyes, sin inmutarse. Es posible que el gobierno opte por presentar leyes modificatorias. En el caso de la Ley del Medio Ambiente deberá conciliarse la necesidad de desarrollo de algunas regiones y provincias con la exigencia de conservar santuarios de biodiversidad que tienen un valor superior al beneficio económico de la actividad petrolera. A no ser que, en una muestra más del doble discurso de algunas ONG ambientalistas, lo que era malo ayer,  si lo hacían las petroleras, se vuelve bueno hoy, si lo hace YPFB.

Del mismo DS 29130 nace otra perforación, de orden más filosófico, y por eso más profunda: es la perforación del dogma de la “propiedad de los hidrocarburos”, impuesto por el gobierno más allá de lo que prescribe la Constitución. La formulación más radical de ese nuevo credo nacionalista, contenida en el Tercer Considerando del DS 28701, afirma que, no sólo los yacimientos, sino todos los hidrocarburos (o sea, la producción de petróleo y gas), “son bienes nacionales de dominio originario, directo, inalienables e imprescriptibles del Estado, razón por la cual constituyen propiedad publica inviolable”. En un anterior artículo (PULSO, 22/9/2006) reflexioné sobre las contradicciones conceptuales (además de las gramaticales) que tiene este dogma. Ahora se trata de ver cómo se conciliará la necesidad que tiene YPFB de conformar sociedades de economía mixtas para explorar y explorar sus propias concesiones con la observancia del dogma. En efecto, es dable preguntarse si la empresa extranjera, estatal o privada da lo mismo, que conforme una SAM con YPFB tendrá todos los derechos de un socio, aunque sea minoritario, incluyendo su ganancia sobre la venta de la producción. Y no se diga que ese socio minoritario, que debe asumir todo el riesgo de la exploracion, recibirá su ganancia en dinero, y no en especies, cuando ese dinero es resultado de la venta de un bien societario, cabalmente la producción de los hidrocarburos.  Es obvio que la situación es diferente del caso de los contratos recientemente firmados, en los cuales las empresas petroleras actúan como operadoras y no como socias de YPFB.

Finalmente, con ese decreto se perfora, de paso, también la Ley 3058, cuya letra y cuyo espíritu apuntan a que YPFB aproveche las Áreas Reservadas, la “dote”  que le da el Estado para su refundación, pero en el marco de la misma ley, o sea, por su cuenta o en sociedad, mediante uno de los contratos previstos por la ley, aunque para YPFB sólo hay uno, el de operación. De donde nace otro problema, que ya fue advertido a los legisladores: el conflicto de interés de YPFB obligado, en cuanto representante del Estado, a firmar y fiscalizar todos los contratos de exploración y explotación, incluyendo a los suyos. En su caso, ¿YPFB se multará a si mismo?

En fin, es de esperar que, después de tantas exitosas perforaciones legales y conceptuales, YPFB se aboque a las verdaderas perforaciones de pozos de gas y petróleo que el país está esperando para asegurar el abastecimiento energético interno y el cumplimiento de los compromisos externos.

 

Cerrar Ventana