Carta Energética, seguridad de abastecimiento     

10/04/2006     

 

Ing. Alvaro Ríos R.

Secretario Ejecutivo de OLADE

Recientemente, el gobierno de Rusia, reiteró su fuerte oposición de este país, a ratificar la “Carta Energética”, como le piden sus socios del grupo de los ocho países más industrializados del mundo, además de los otros países que conforman la Unión Europea.


Los países le demandan a Rusia que se ratifique en los compromisos jurídicos vinculantes en materia energética suscritos, que son sin duda, uno de los mejores instrumentos para establecer y garantizar seguridad de abastecimiento de largo plazo.


Para entender la problemática que vive Europa, es necesario hacer un poco de memoria y establecer los orígenes de la Carta Energética. Anterior a la firma y establecimiento de este marco jurídico, Europa mantenía intercambios y negocios energéticos, mediante convenios o contratos bilaterales. Esta situación de bilateralidad, es por ejemplo la que se da actualmente en casi toda América Latina y el Caribe.


Al multiplicarse la construcción de infraestructura de gasoductos y líneas eléctricas por la demanda en Europa y la necesidad de vincular a Europa del Este con Europa Central, en un proceso mas dinámico y confiable para seguridad de abastecimiento, en 1990 el Ministro Holandés, Lubbers, durante el consejo Europeo, celebrado en Dublín, en junio de ese año, propuso la Carta Europea de la Energía o Carta Energética.


La Carta Energética, es un compromiso político reconocido en 1991 entre el Este y Oeste de Europa, para la cooperación relativa a la energía, sin obligación legal y que fue firmado por 52 Estados y por las Comunidades Europeas.


Cabe señalar que el debate sobre la propuesta de la Carta Energética para hacerla vinculante o de carácter obligatorio para los países firmantes, duro aproximadamente tres años. En diciembre de 1994, 49 Estados y las Comunidades Europeas, firmaron aceptando la legalidad de lo que hoy se conoce como el Tratado de la Carta de la Energía. Es decir que la Carta de la Energía, fue el primer acto de voluntad política para llegar al Tratado que tiene características vinculantes.


El Tratado de la Carta Energética, es nada más que un conjunto de reglas o marco jurídico que hacen posible el cumplimiento de los enunciados y compromisos asumidos en la Carta Energética. Este Tratado, es siempre perfectible a ser ajustado, en virtud las condiciones de mercado. Se opera y regula mediante acciones de la Secretaria de la Carta Energética, a la que además apoya un Panel de Consejeros, el cual esta formado por representantes del sector público y privado.


La Secretaria de la Carta Energética, radica en Bruselas y tiene por encima al Consejo de Gobierno de la Carta Energética, que es el cuerpo gobernante del proceso, compuesta por los representantes de los Estados Miembros, que son los que actualmente le demandan a Rusia que ratifique los compromisos asumidos.


Rusia no esta de acuerdo en reafirmar la Carta Energética, por el concepto que esta establecido del Protocolo de Transito, a raíz de los problemas políticos que tiene con los países que conformaban la ex Unión Soviética, que a su vez redunda en un problema de peajes y precios de gas natural.


Rusia argumenta, que algunos de estos países como Ucrania están recibiendo gas natural y energía demasiado barata y que han casi forzado a una situación de crisis de abastecimiento en enero del presente año. Además, la ratificación por Rusia de la Carta Energética, haría imposible, tanto la nacionalización en marcha de la petrolera privada Yukos como la liberalización de los mercados energéticos, lo que pondría en peligro el monopolio del consorcio estatal ruso de gas Gazprom y que va en contra de los compromisos establecidos.

 
Para establecer la dependencia, es importante recordar que la Unión Europea, importa más del 50% de la energía que consume y si no toma medidas, en 20 ó 30 años cerca del 70% de los requerimientos energéticos del bloque serán cubiertos por productos importados. Del total de gas natural que consume el bloque Europeo.


Lo más importante de destacar de todo este proceso, es que, de no existir la Carta Energética y el Tratado de la Carta Energética, con un carácter vinculante, los países afectados de Europa estarían atados de manos sin derecho alguno a reclamo de las acciones que pretende tomar Rusia.


Seguramente, los países Europeos adoptaran medidas y mecanismos estipulados en el Tratado de la Carta de la Energía, que permitan llegar a soluciones dentro del marco jurídico y los compromisos acordados. Entre estas medidas o mecanismos, existen los de primera instancia que son las consultas para posteriormente llegar, lastimosamente a instancias de arbitraje, que casi siempre generan fricciones entre los países. Normalmente, la experiencia nos señala, que con la actuación de las consultas a nivel de la Secretaria de la Carta Energética, normalmente, se dan solución a estos problemas que se presentan.


Sin duda, que un marco jurídico vinculante países, es una de las mejores herramientas para lograr una seguridad de abastecimiento energético de largo plazo.

*Álvaro Ríos Roca, es el actual secretario ejecutivo de la Organización Latinoamericana de Energía (Olade) por el periodo 2006-2008. Ex ministro de Hidrocarburos de Bolivia. Experto en áreas relacionadas con el sector energético que le ha permitido desempeñarse como asesor en varios proyectos energéticos internacionales, conferencista, analista y articulista en varios medios de comunicación de América Latina. Estudios de Ingeniería Química en Estados Unidos.

 

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