Plan de incentivos para la reactivación minera en Bolivia
Los incentivos propuestos lograrán incrementar: la inversión en las operaciones actuales y nuevas, la producción, el empleo digno y los impuestos por la actividad minera.
Por José Barroso, Economista y MBA, con más de 20 años en el sector minero de Bolivia.
En los últimos años, la minería se ha convertido en el sector de mayor valor de exportación y generación de divisas, dejando en segundo lugar al sector de Hidrocarburos, que históricamente siempre fue el primero.
La inversión privada en minería más alta en 30 años fue el 2008 fue de $us 478 millones, la cual descendió a $us 122 millones el año 2018.
Se prevé el Cierre de Operaciones mineras (esto puede variar para cada empresa dependiendo del ritmo de operaciones y reaprovechamiento de sus colas o desechos) en el sector privado por conclusión de contratos o agotamiento de sus reservas en los siguientes años:
• Minera San Cristóbal, 2025
• Empresa Minera Pan American Silver, 2024
• Sociedad Minera Illpa, 2024
• Empresa Minera Sinchi Wayra, 2024
• Empresa Minera Manquiri, 2025
Las empresas mineras aportan con el 45% de la producción minera y se observa que estas operaciones vienen de un portafolio que se desarrolló en el país en la década de los 90.
Efectos del cierre de operaciones mineras al 2025:
La producción minera y valor de producción caerá en un 35% y 30% respectivamente.
Las exportaciones caerán un 35%.
Los ingresos al TGN por impuestos del sector minero caerán en un 30%.
Las regalías mineras caerán en un 29% y la participación del sector minero en el PIB caerá del 5% al 1,9%.
La actividad económica en industria, comercio, agropecuario, energía hidrocarburos, servicios y banca conexa a las operaciones mineras se verán reducidas a nivel local como nacional.
Las inversiones anuales en Bolivia en el sector minero llegan a $us 150 millones y tiene la carga tributaria en minería del 58,2% sobre la utilidad operativa.
Propuesta de Incentivos a las Inversiones en Minería
Se debe considerar que hasta el 2025 las principales empresas mineras privadas: Minera San Cristóbal, Empresa Minera Pan American Silver, Sociedad Minera Illpa, Empresa Minera Sinchi Wayra y Empresa Minera Manquiri, ubicadas en el departamento de Potosí cerrarán operaciones por conclusión de contratos o agotamiento de reservas.
Dichas empresas aportan con el 45% de la producción minera, generan el 64% de la renta minera y son parte importante de los ingresos departamentales y municipales por regalías. Los principales efectos en el año 2023-2024 del cierre de dichas operaciones serán las siguientes:
- La producción y exportaciones mineras caerán en un 35%.
- Los ingresos al TGN por impuestos del sector minero caerán en un 30%.
- Las regalías mineras caerán en un 29%.
- La actividad económica en industria, comercio, agropecuario, energía hidrocarburos, servicios y banca conexa a las operaciones mineras se verán reducidas a nivel local como nacional.
- El empleo directo caerá en 1%.
Los incentivos propuestos lograrán incrementar: la inversión en las operaciones actuales y nuevas, la producción, el empleo digno, los impuestos por la actividad minera, las regalías. Adicionalmente, se espera mayor innovación tecnológica, mayor productividad, integración de la cadena productiva y desarrollo nacional y subnacional en el proceso.
Efectos e Indicadores de la aplicación de incentivos
Los efectos obtenidos, son realizados en diciembre del 2018, con información del Ministerio de Minería y Metalurgia y el Ministerio de Planificación del Desarrollo.
- Las actuales operaciones de la minería mediana se acogerán a los incentivos propuestos realizando inversiones en exploración y explotación que permitan mantener los actuales niveles de producción (2020-2023).
Se realizarán actividades de prospección y exploración por nuevas empresas que se acogerán a los incentivos (2020-2021).
Los nuevos proyectos realizarán el diseño, montaje y pre-operación de las plantas de concentrados (2022-2023).
El 2024 se inician operaciones en las plantas construidas, este año se incrementa la producción.
Existen potenciales proyectos para realizar inversiones en minería, los cuales se describen en el cuadro abajo (se debe incluir tema del litio)
De los proyectos descritos, se espera que, debido a los incentivos propuestos puedan desarrollarse al menos 6 proyectos que lleguen a invertir un total de $us 958 millones entre la minería mediana, chica, estatal y cooperativa.
Efectos e Indicadores
Inversión:
• 2019-2020, la inversión se mantiene alrededor de $us 170 millones
• 2021-2022, incremento de la inversión 194% en la etapa de construcción y montaje de $us 170 millones a $us 517 millones.
Producción:
• 2019-2023, se mantiene la producción en 993 mil Toneladas, debido a que las operaciones existentes se acogen a los incentivos.
• 2023-2024, la producción se incrementa en 53% a 1,5 millones de Toneladas gracias a la producción de los nuevos proyectos. Así mismo, el valor de producción se incrementa en 41%.
Regalía minera:
• 2019-2023, las regalías para Gobernaciones y Municipios se mantienen en $us 170 millones.
• 2023-2024, las regalías se incrementan en 41% llegando a $us 233 millones.
Impuestos por actividad Minera:
• 2019-2023, se mantienen las recaudaciones en $us 166 millones.
• 2023-2024, se incrementan en 13% llegando a $us 188 millones por la aplicación inmediata de incentivos en operaciones existentes.
• 2024-2028, las recaudaciones se mantienen en $us 201 millones.
• 2028-2029, las recaudaciones se incrementan en un 39% llegando a $us 279 millones producto de la aplicación de los primeros 5 años de aplicación de incentivos en nuevos proyectos.
- 2023-2024, se incrementa el empleo directo en 3% debido a los nuevos proyectos con incentivos.
PROPUESTA
Cuando la operación minera inicie producción, la empresa obtendrá un deducible adicional para el Impuesto a las Utilidades de Empresas (IUE) producto de multiplicar el 5% al monto total de la inversión en prospección, exploración y diseño final del proyecto.
El actor minero solicitará acceder al incentivo al Ministerio de Minería y Metalurgia, el cual evaluará y emitirá una autorización mediante Resolución Administrativa. La solicitud deberá cumplir con los requisitos descritos en el Reglamento elaborado por el Ministerio de Minería y Metalurgia y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Aplica para nuevas operaciones mineras y operaciones existentes que a través de un proyecto incrementen su capacidad productiva o amplíen la vida útil de la operación.
No implica una reducción de las recaudaciones tributarias, no constituye una devolución de parte del Estado, por lo que no aplica la deducción cuando no se reportan utilidades, o se reporte la quiebra de la empresa.
Beneficiará a los actores mineros estatales y privados. Incentiva actividades de prospección y exploración e incrementará los niveles de producción, así como la inversión extranjera.
Impulsa la generación de nuevas reservas mineralógicas para el país, pues se proporcionará la información al Servicio Geológico Minero (SERGEOMIN).
Recuperación de gastos en medidas de mitigación ambiental y gestión adecuada del agua
La empresa obtendrá un deducible adicional para el Impuesto a las Utilidades de Empresas (IUE) producto de multiplicar el 5% al monto total de los gastos en medidas de mitigación ambiental y gestión adecuada del agua.
No implica una reducción de las recaudaciones tributarias.
No aplica el incentivo, a los gastos producto de un mandato de la autoridad ambiental competente para mitigar el impacto causado por contingencias y/o impactos generados en actividades no consideradas en el alcance de su Licencia Ambiental. Y tampoco alcanza a las previsiones contables para cierre de operaciones o restauración del medio ambiente.
Se permitirá a la empresa adoptar una depreciación acelerada de las inversiones en maquinaria y equipos, reduciendo el tiempo de la vida útil del bien a la mitad de 8 a 4 años, siempre y cuando dichos activos intervengan en los procesos productivos de la actividad minera.
El incentivo aplica a las importaciones de maquinaria, equipo y unidades funcionales utilizados en actividades de prospección, exploración, explotación, beneficio o concentración, fundición, refinación e industrialización, por empresas públicas o privadas exportadoras, bajo el Régimen de Admisión Temporal para la Reexportación en el mismo estado, debiendo constituir garantías vigentes o garantías prendarias a favor de la Aduana Nacional por el valor de los tributos suspendidos y por el plazo de hasta 5 años, bajo responsabilidad solidaria del Despachante de Aduana.
Para el pago de tributos aduaneros únicamente se aplicará el mantenimiento de valor en base a la variación de la UFV desde el día de aceptación de la admisión temporal hasta la fecha de pago.
Facilitará la importación de bienes de capital que se incorporan al proceso productivo exportador, promoviendo innovación tecnológica y mejora de procesos.
Derogación del Artículo 51 BIS de la Ley 843 que establece la Alícuota Adicional a Utilidades Extraordinarias (SURTAX).
Se elimina la Alícuota Adicional a utilidades extraordinarias del 12.5% (después del pago de impuesto a las utilidades por actividades extractivas del sector minero. Con este impuesto el total sube a 37.5% (25% de Impuesto a utilidades más el 12.5)
La eliminación de este impuesto es general para todas las empresas actuales como para las nuevas, no requiere de previa evaluación.
La Alícuota Adicional a utilidades extraordinarias se encuentra vigente para el sector minero por disposición del Art. 51 bis de la Ley 843 (Reforma tributaria) cuyo texto ordenado fue aprobado mediante D. S. 27947 del 20 de diciembre de 2004.
La presión tributaria en el sector minero sube por encima del 60%, lo cual al momento de evaluación de los inversores resta competitividad en relación con países vecinos.
Reducción en el Impuesto IUE (Beneficiarios del Exterior)
Este impuesto se aplica en las remeses de utilidades al exterior sobre fuente boliviana y es del 12.5%, porcentaje que es superior al utilizado en la región y que evidentemente desincentiva las inversiones en el país. Se propone reducir el mismo a 6.5%.
Conclusiones
El Gobierno debe tomar acciones inmediatas e imperativas en la Industria Minera del país, si se quiere reactivar la Minería Privada en el país. En base al análisis de la situación actual y las consecuentes proyecciones a futuro, se puede afirmar que el fin de la minería privada es una muerte anunciada, si no se toman las acciones del caso.