Por Sergio Arnez M., Analista del sector eléctrico.
La Cooperación Alemana GIZ viene cooperando a Bolivia y a su sector eléctrico desde hace muchísimos años, entre otros ayudando a introducir mejoras en la normativa para permitir el desarrollo del sector.
Ahora que necesitamos con urgencia inversión en generación renovable para evitar o reducir la importación de gas para generación de electricidad, lo cual se dará probablemente a partir de 2028-2029, con mucho optimismo vemos que la GIZ convocó hace poco a una consultoría rápida para elaborar una propuesta de normativa para subastas de suministro de energía renovable y una propuesta de Decreto Supremo, cuya aplicación permitirá viabilizar proyectos de escala grande. ¡Gracias GIZ!
Seguramente la propuesta será evaluada y tal vez modificada/mejorada por el Viceministerio de Electricidad, y puesta en vigencia con su gestión.
Este es el primer paso concreto para la implementación rápida de un sistema que nos permita viabilizar proyectos privados de generación renovable, ante la urgencia que enfrentamos. Un Decreto no es tan sólido como una Ley, pero será mucho más rápido que la nueva Ley de Electricidad, y seguramente los conceptos del Decreto serán luego incluidos en la misma.
Solo con el fin de ayudar para lograr el objetivo, me permito verter algunas sugerencias para los consultores:
1) Necesitamos esto para ayer, así que evitemos informes y textos vacíos e innecesarios (los bolivianos tendemos creer que un texto de 100 páginas es mejor que uno de 10). Seamos concretos, como dicen en inglés: “simple is beautiful”.
2) La normativa debe ser corta, clara y concreta. Como esta será la primera experiencia en normativa de subastas en Bolivia, donde no importa cuán perfecta resulte siempre tendrá cosas para mejorar, concentrémonos en lo esencial y evitemos exquisiteces que son más ruido y traba que beneficio.
3) El mecanismo de las subastas de suministro es muy simple y la normativa propuesta debe reflejar eso mismo
El mecanismo de las subastas de suministro es el siguiente:
• El Estado ofrece contratos, llamados Power Purchase Agreements (PPA), de 15 años para el suministro al Sistema Interconectado Nacional (SIN) de, por ejemplo, 450,000 MWh/año de energia solar (resultantes de 200MW en el altiplano), y 700,000 MWh/año de eólica (resultantes de 200MW en Santa Cruz), a partir del año 2028, indicando los posibles puntos de conexión y las potencias que pueden ser absorbidas (que deben ser determinados por el Comité Nacional de Despacho de Carga CNDC). La división por tecnología permite comparar peras con peras y manzanas con manzanas. La limitación de la subasta a las tecnologías solar y eólica se debe a la rapidez de implementación de estas tecnologías; la siguiente subasta podría estar dirigida a las otras.
• Los interesados ofrecen suministrar X MWh/año de X tecnología, por el periodo de contrato, a X US$/MWh en el punto de conexión X.
• El Estado adjudica los contratos según tecnología en función al precio ofertado por los interesados.
• Con el PPA cada interesado busca financiamiento para la realización de su proyecto y lo ejecuta.
• Para la remuneración, el CNDC determina el monto mensual en base a la energia inyectada y el precio del contrato, y lo pasa para pago por parte de los Distribuidores y Consumidores No Regulados.
• La tarifa al consumidor final debe incluir el monto para este pago. El incremento de tarifa requerido es inevitable, pero se dará recién cuando las nuevas plantas empiecen a operar, y será mucho menor de lo que nos costara la electricidad con gas importado.
Algunos otros conceptos importantes:
• El precio debe ser fijo en US$ (con mantenimiento de valor), por el periodo del contrato. Un ejemplo de lo que se debe evitar: la norma de Generación Distribuida para plantas solares de mediana escala establece un precio fijo con mantenimiento de valor para estas plantas, pero que es válido hasta que se levante la totalmente subvención al gas natural para generación, momento en el cual el precio para dichas plantas será el precio de energia del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM); no quiero ser pesimista, pero veo difícil que alguien invierta con esa incertidumbre de cuándo y cuánto, y, por otro lado, llevar a las nuevas inversiones al mercado marginalista es justo lo contrario de lo que se necesita (lo que se debe hacer es desacoplar el precio de la electricidad del precio del gas para reducir el impacto de la fluctuación del precio de este combustible sobre las tarifas al consumidor final).
• El contrato puede ser el contrato de Licencia de Generación que tienen todos los generadores del MEM con la Autoridad de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) en representación del Estado, con las condiciones que se establecen en la subasta.
• Las inversiones nuevas deben tener prioridad en el despacho de carga después de la generación renovable existente (esto reduce precio por eliminación de riesgo de vertimientos).
• Exención de pago de Peaje de Transmisión para la generación. El pago de parte del costo del Sistema de Transmisión por parte de los generadores no tiene sentido, pues todos los costos de la cadena de suministro deben ser cubiertos por el consumidor final. En el caso de generación inmersa en las redes de distribución, la cual no utiliza la red de transmisión, reduce perdidas, y reduce la necesidad de refuerzos en la red, el pago de Peaje es todavía más ilógico. De mantenerse el pago de Peaje, el inversionista incrementara el precio ofertado con el monto del peaje y algo más, pues no se sabe como evolucionara el sistema de transmisión.
• Para aprovechar el camino recorrido por ENDE con dinero de los bolivianos, esta empresa podría poner a disposición de los inversionistas los estudios de viento y de irradiación que realizaron para sus proyectos. Esto ahorraría tiempo de implementación y costos, lo que originaran un menor precio de la energia ofertada.
Finalmente, para evitar perdidas de tiempo por errores, omisiones, o excesos como el descrito, se sugiere socializar los borradores de normas con los actores del sector eléctrico. Cada día que pasa sin viabilizar proyectos de energia renovable, es día que tendremos que importar más gas para generación eléctrica, con el consecuente costo para el país y para el consumidor boliviano.




